Publicado en Enseñanza, Pública
El Ministerio de Educación y
FP ha convocado hoy a las organizaciones sindicales integrantes de la Mesa de
negociación del personal docente no universitario para tratar los siguientes
puntos del orden del día:
📌 Orden por la que se
establecen las normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados
de ámbito estatal que se convocarán durante el curso 2022/2023.
📌 Concurso excepcional
de méritos previsto en la disposición transitoria 5ª del Real Decreto 276/2007
de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y
adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen
transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria
decimoséptima de la citada ley.
El primer punto del orden del
día que se trae a la mesa de negociación establece las normas procedimentales
que deben regir los concursos de traslados de ámbito estatal e incorpora el
plazo para el curso 2022/ 2023, que será del 17 de octubre al 7 de noviembre de
2022, ambos inclusive.
No obstante, desde UGT hemos
planteado la necesidad de una revisión del RD 1364/2010 que regula el concurso
de traslados de ámbito estatal para el personal funcionario de los cuerpos
docentes, donde se aborden cuestiones que permitan garantizar la oferta de
todas las plazas vacantes en el CGT en las distintas CCAA, la inclusión en el
baremo del reconocimiento de los servicios prestados como funcionario interino,
tal y como reconoce alguna comunidad autónoma, la baremación de las plazas de
difícil desempeño de forma homogénea en las distintas CCAA, etc., aspectos que
resuelvan las posibles desigualdades entre los aspirantes y acabe con
situaciones que provocan la judicialización de los procesos cuando el concurso
de traslados es de ámbito estatal. El Ministerio reconoce la necesidad de una
actualización de la normativa, por lo que valorará la medida y los riesgos de
una posible modificación.
Sobre la normativa que debe
regular el concurso excepcional de méritos, UGT ha venido planteando al
Ministerio de Educación y FP la necesidad de coordinar el procedimiento que
debe regir la convocatoria excepcional de estabilización de las plazas por
concurso de méritos definidas por las disposiciones adicionales sexta y octava
de la Ley 20/2021. En este sentido, valoramos que la mayoría de los territorios
hayan suscrito el acuerdo que permita aplicar un procedimiento simultáneo para
la convocatoria en las diferentes CCAA, que nos acerque al objetivo fijado en
la Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público al 8%.
El acuerdo recoge que el plazo
de presentación de instancias para el concurso extraordinario de méritos para
la estabilización del empleo temporal comprenderá del 21 de noviembre al 21 de
diciembre de 2022, ambos incluidos. Este plazo debería permitir a las CCAA
resolver los procesos del concurso de méritos con el nombramiento de los
funcionarios de carrera seleccionados, antes del 1 de septiembre de 2023.
Las personas que participen en
el concurso de méritos, que opten a las plazas convocadas por las
Administraciones educativas firmantes, presentarán una única instancia por
especialidad en la Administración educativa que haya ofertado la plaza que se
solicite en primer lugar, siendo la encargada de verificar los requisitos de
participación de la persona aspirante y de baremar los méritos alegados.
La convocatorias se ajustarán
al baremo único que se establecerá en base a los siguientes méritos:
experiencia docente: máximo 7 puntos; Formación académica: máximo 3 puntos y
otros méritos: máximo 5 puntos. Las personas aspirantes podrán alcanzar un
máximo de 15 puntos por la valoración de sus méritos. Desde UGT hemos planteado
observaciones a algunos puntos del baremo que permitan reconocer el máximo de
experiencia docente y formación al profesorado interino, y hemos insistiendo en
no establecer la limitación del año 2012 para el reconocimiento de procesos
selectivos superados con anterioridad. Como en otros procesos selectivos serán
baremados aquellos méritos perfeccionados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
Las Administraciones
educativas remitirán al Ministerio de Educación y FP la propuesta de los
listados definitivos de personas seleccionadas, ordenados por cuerpo,
especialidad y, en su caso, turno de ingreso, para su nombramiento como personal
funcionario de carrera. Las personas aspirantes que superen el procedimiento
selectivo y sean nombradas personal funcionario de carrera, deberán obtener su
primer destino definitivo en el ámbito de la Administración educativa en la que
hayan superado el procedimiento selectivo.
Desde UGT seguiremos
trabajando para garantizar la igualdad en los derechos de todos y todas los
participantes en el concurso extraordinario de méritos, que permita la
reducción de la temporalidad en el empleo público de los cuerpos docentes no
universitarios.
Por último, el Ministerio ha
informado sobre la tramitación normativa del RD de integración del PTFP, que
pasará por el Consejo de Estado después del verano. Además, hemos manifestado
la necesidad de que normativa como el real decreto de requisitos mínimos de
centros, que afecta a las condiciones laborales del profesorado, tenga que ser
negociado por los representantes del profesorado en la Mesa sectorial. También
hemos solicitado que el Ministerio nos informe de la marcha del plan de
digitalización del profesorado que se está poniendo en marcha en las CCAA y
cómo afectará a los planes de formación y el reconocimiento de formación del
profesorado.
ACCESO A BORRADORES
Mesa Sectorial 26-07-22 |
Borrador Acuerdo |
Baremo de méritos |
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