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CESE, LIQUIDACIÓN Y PARO


ANUNCIO DESTINADO A FUNCIONARIOS INTERINOS Y CONTRATADOS LABORALES

CERTIFICADOS DE EMPRESA

Todos los certificados de empresa (PARA EL INEM) que se soliciten en esta Consejería, se remitirán por vía telemática a dicho organismo, conforme a lo establecido en la Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo, por la que se regula el envío por las empresas de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos.

Es decir,  no es necesario recoger personalmente el certificado  de empresa en la Sección de Nóminas y Seguridad Social, éstos se envían por vía telemática al INEM.

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