ANUNCIO DESTINADO A
FUNCIONARIOS INTERINOS Y CONTRATADOS LABORALES
CERTIFICADOS DE EMPRESA
Todos los certificados
de empresa (PARA EL INEM) que se soliciten en esta Consejería, se remitirán por
vía telemática a dicho organismo, conforme a lo establecido en la Orden TIN/790/2010,
de 24 de marzo, por la que se regula el envío por las empresas de los datos del
certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios
electrónicos.
Es decir, no es necesario recoger personalmente el
certificado de empresa en la Sección de
Nóminas y Seguridad Social, éstos se envían por vía telemática al INEM.
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