PROCEDIMIENTO PERMANENCIA
EN SERVICIO ACTIVO PERSONAL DOCENTE
PROLONGACIÓN
DE LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO ACTIVO. PROCEDIMIENTO 159.
Objeto:
Posibilitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo para
aquellos funcionarios de carrera de los cuerpos docentes, que
voluntariamente lo deseen hasta que cumplan, como máximo, los setenta años de
edad y posibilitar la finalización de la prolongación de la permanencia en el
servicio Activo.
Información de Interés:
El procedimiento es el siguiente:
1. El/La interesado/a debe presentar la solicitud con una antelación mínima
de 4 meses y máxima de 6 a la fecha en la que se cumpla la edad de
jubilación forzosa.
2. La Dirección General de Planificación Educativa y RRHH resolverá por
delegación del consejero/a de manera expresa y motivada la concesión
o denegación de la prolongación de acuerdo con los criterios establecidos
en el punto 1.2 del artículo 39 del texto refundido de la Ley de la Función
Pública de la Región de Murcia.
3. La prolongación se concederá por periodos de 1 año renovables hasta como
máximo los 70 años, a solicitud de la persona en los mismos plazos
establecidos en el punto 1.
4. El interesado/a que solicita la prolongación podrá, al mismo tiempo,
solicitar que esta finalice con efectos de 31 de agosto del año para el que
haya sido concedida, no pudiendo cesar antes del 30 de junio de dicho año.
5. Además, podrá voluntariamente poner fin a la prolongación concedida
con una antelación mínima de 3 meses a la fecha en la que desee cesar en su
puesto de trabajo.
6.
La resolución se notificará en el plazo de 3
meses, transcurrido el cual, sin haberse dictado y notificado, la persona interesada
podrá entender desestimada su solicitud.
PROCEDIMIENTO 159: http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=159&IDTIPO=240&IDIMAGEN=672&RASTRO=c672$m2469
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