UGT INFORME: Organización de las bolsas de trabajo del profesorado interino en los centros educativos públicos
12/02/2026
Corresponde a las diferentes
Administraciones educativas gestionar la cobertura y sustitución de los puestos
de trabajo del personal docente no universitario en el ámbito de sus
competencias. Asimismo, corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional
la gestión del personal docente en su propio ámbito de competencias, es decir,
los docentes de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
En este boletín analizamos la regulación
de la cobertura de puestos docentes por parte de los profesores interinos en
cada una de las diferentes comunidades autónomas y en el ámbito del Ministerio:
qué requisitos se necesitan para integrarse en las diferentes bolsas de
trabajo, los criterios de ordenación y el baremo aplicado, los requisitos para
permanecer en las bolsas, las causas que suponen decaer en las listas, así como
las posibles excepciones que se pueden alegar para no decaer de las mismas.
Por último, se muestran una serie de
tablas donde se puede realizar una comparativa de carácter general de los
apartados analizados en nuestro estudio entre las diferentes Administraciones
educativas a modo de cuadro-resumen, así como una tabla con enlaces a una
información más detallada de la situación en determinadas comunidades
autónomas.





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