Contra
la presente orden, dictada por delegación, en virtud de lo dispuesto en la
Orden de 11 de septiembre de 2019, y que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso potestativo
de reposición ante la Consejera de Educación y Cultura en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
al de su publicación, o bien recurso
contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
en el plazo de dos meses contados a
partir del día siguiente al de su publicación.
FUENTE: D.G. PLANIFICACIÓN EDUCATIVA Y RR.HH.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.